¿De qué sirve que exista normatividad en materia alguna, y no se supervise su estricta observancia?
Rollo: Jaime Gutiérrez Melchor
MÉRIDA, Yuc.- Dicen que: “orden dada y no supervisada, vale para…”, y la mente completará las ideas.
Le comento, la Consar, en diciembre de 2015, “Disposiciones de carácter general en materia de operación de los SAR”, estableciendo entre otros puntos, que “Las Administradoras… deberán proporcionar… la emisión de constancias sobre implicaciones de Traspaso… en todas sus oficinas, sucursales o Unidad Especializada…”
Y agrega que “En todo momento, las Administradoras tendrán prohibido negar o limitar el servicio de emisión de constancias… a los Trabajadores”
Posteriormente, la Consar emitió, en 4 de julio de 2017, emite nuevas modificaciones y adecuaciones al procedimiento para la entrega de las Constancias sobre Implicaciones del Traspaso, haciendo de este trámite, una gestión más requisitada y elaborada que, en estricto sentido, dificulta en mucho, obtener el documento referido.
En la emisión antes referida, se reitera que “Las Administradoras deberán vigilar que no existan irregularidades… que entorpezcan la emisión de dicha constancia, por lo que no podrán incurrir en prácticas dilatorias y deberán cerciorarse que… sea entregada en los plazos previstos…”
Y acota que “…las Administradoras tendrán prohibido negar o limitar el servicio de emisión de constancias… a los Trabajadores, en todo caso, deberán orientar debidamente al Trabajador para que lleve a cabo (la gestión) a través del E-SAR…”
El subrayado y resaltado nuestro anterior, hace ver en forma muy clara que, el documento ya no se tramitará directamente en las oficinas y sucursales de la Afore, sino que, a partir de la entrada en vigor de las nuevas disposiciones, el trámite se hará a través del portal electrónico E-SAR, retardando la obtención de la Constancia sobre Implicaciones del Traspaso, complicando el proceso.
Al sobre regular el proceso, se está limitando la libre voluntad del trabajador, por las implicaciones adversas que tiene para él, el tener que invertir tiempo para el trámite “on line”, llamar y acudir a su Afore, ausentarse por periodos más prolongados de su trabajo, soportar las caídas del sistema, vuelva en seis horas, o mejor mañana, queja ante Condusef, etc.,
Conclusión, aún ni yendo a bailar a Chalma, el trabajador puede obtener la Constancia y termina por desistirse de su intención de cambio de Afore.
La Constancia sobre Implicaciones del Traspaso es un documento necesario para que los trabajadores puedan cambiar de Afore, de darse, entre otros, el supuesto de que se trate de un trabajador en transición, estar la cuenta individual recertificada, tener dos o más traspasos en un periodo de 36 meses. Por ello, “orden dada y no supervisada…”.
(Foto de contexto: SIPSE)