¿Qué pasa con tus deudas cuando mueres? Aquí te lo explicamos

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Lo primero que se debe hacer es notificar a las instituciones financieras el fallecimiento.

Agencias / De Peso
CIUDAD DE MÉXICO.- Si te haz preguntado que pasa con tus deudas cuando mueres o que pasa con las deudas de algún familiar aquí te ilustramos sobre el tema.

Lo primero que se debe hacer es notificar a las instituciones financieras con las que se tuvo alguna relación para cancelar las deudas contraídas y evitar futuros cobros, pues los familiares no tienen la obligación de pagarlas.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), indicó que el 100 por ciento de los productos y servicios financieros como hipotecas, crédito automotriz o tarjetas de crédito cuentan con un seguro de vida en caso de muerte del titular, dictaminado en la circular 34-2010 del Banco de México.

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Se tiene que tomar en cuenta…

  • Informar desde ahora a tus allegados cuáles son las deudas que tienes, para que al fallecer, sepan qué tienen que cancelar.
  • Y en el caso de tarjetas de débito, cuentas de ahorro, seguros de vida e hipotecas hazle saber a los beneficiarios que lo son.
  • Aunque los trámites parecen sencillos, el tiempo de resolución puede ser extenso. Ten a la mano documentos importantes como copias de tu INE o pasaporte y contratos bancarios.

En el caso de los crédito hipotecarios con Infonavit y Fovissste

 

Debes saber que estas instituciones cuentan con un seguro en caso de fallecimiento del acreditado, por lo que la deuda será liquidada. Estos son los trámites gratuitos a realizar:

Infonavit

Debes levantar un caso de liquidación por autoseguro por defunción llamando al Infonatel (800 008 3900) o en cualquier delegación del Infonavit.

Acudir a la delegación con estos documentos en original y copia:

  • Acta de defunción (en caso de haber fallecido en el extranjero, el acta debe ser apostillada)
  • Identificación oficial del solicitante
  • Identificación oficial del acreditado
  • Acta de nacimiento del solicitante

Fovissste

Puedes realizar la solicitud de liquidación de crédito hipotecario por defunción del acreditado de manera presencial en las oficinas de los Departamentos de Vivienda del ISSSTE o en línea.

Los documentos requeridos, en original y copia, son:

  • Identificación oficial vigente del acreditado y del beneficiario
  • Escritura pública inscrita en el Registro Público de la Propiedad o documento legal que soporte el otorgamiento del crédito
  • Acta o Certificado de defunción

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